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  • Debate por protocolo militar y aplicación de pena de muerte en Guatemala genera controversia constitucional

    Debate por protocolo militar y aplicación de pena de muerte en Guatemala genera controversia constitucional

    El análisis del abogado Omar Barrios Osorio, difundido en redes sociales, ha encendido el debate sobre un presunto protocolo emitido por el gobierno de Bernardo Arévalo que, según el jurista, amenaza con aplicar el artículo 49 del Código Militar en casos de “sedición militar”, lo que incluiría la pena de muerte. El documento habría sido emitido el 20 de junio, días antes de que altos mandos militares cumplan el límite legal de 33 años de servicio.

    📌 Puntos clave del análisis de Barrios:

    • El protocolo supuestamente establece que manifestaciones de inconformidad podrían ser sancionadas como sedición, con base en el Decreto 214 de 1878, que contempla la pena capital.
    • Barrios señala que el artículo 49 también menciona a “personas de cualquier clase, fuero o condición”, lo que podría interpretarse como una amenaza a civiles que opinen sobre el tema.
    • El abogado argumenta que el protocolo contradice la Constitución Política de la República, que en su artículo 156 establece que nadie está obligado a cumplir órdenes manifiestamente ilegales.

    📌 Contexto legal sobre la pena de muerte en Guatemala:

    • La pena de muerte fue abolida para delitos civiles en 2017, pero sigue vigente en el Código Militar para delitos como sedición, traición y rebelión.
    • Guatemala mantiene una moratoria de facto sobre su aplicación desde el año 2000.
    • El país es signatario del Pacto de San José, que limita severamente la aplicación de la pena capital.

    📌 Reacciones y posibles implicaciones:

    • El análisis ha generado preocupación entre sectores jurídicos y defensores de derechos humanos, quienes advierten sobre un posible uso intimidatorio del marco militar.
    • Hasta el momento, el Ejecutivo no ha emitido una postura oficial sobre el contenido del protocolo ni sobre su interpretación.
    • Algunos analistas sugieren que podría presentarse una acción de inconstitucionalidad contra el artículo 49 del Código Militar, como medida preventiva.